lunes, diciembre 07, 2009

Congreso autoriza donación de terrenos en San Andrés Tuxtla y Saltabarranca‏

Los ayuntamientos de San Andrés Tuxtla y Saltabarranca recibieron el espaldarazo del Congreso veracruzano para enajenar terrenos que pertenecían a los fundos legales y que en breve pasarán a manos de particulares. En San Andrés Tuxtla serán tres terrenos a favor de un grupo constructor que emprenderá la edificación de 300 casas de interés social. En Saltabarranca, se darán en venta lotes del fundo.

El ayuntamiento de San Andrés Tuxtla enajenará a título oneroso mediante pago en una sola exhibición la cantidad de 1 millón 243 mil 280 pesos, tres terrenos con una superficie total de 20-72-14.68 hectáreas. Los terrenos están ubicados en el punto denominado Sesecapan, comprendido en el tramo entre las comunidades de Morelos y Ricardo Flores Magón, en la carretera estatal San Andrés Tuxtla-Tilapan y serán en favor del grupo constructor Roma, S.A. El destino es para uso habitacional.

La enejenación se aprobó en sesión de Cabildo desde el mes de junio y se aceptó por vía de compraventa a favor del grupo constructor Roma, para la edificación de 300 viviendas de interés social. Marina Garay Cabada, presidenta municipal de San Andrés Tuxtla, acreditó que el inmueble en cuestión no se encuentra destinado a ningún servicio público, ni afecta a terceros.

El alcalde de Saltabarranca, Adán Sosa Zamorano, podrá vender un total de 39 terrenos, que están en diferentes ubicaciones y por lo tanto, varían en superficie y precio. El metro cuadrado más barato se venderá en ocho pesos con treinta y cinco y cinco centavos y la superficie más grande es de 482 metros cuadrados. El precio más alto por metro cuadrado es de dieciocho pesos con ochenta y cinco centavos y la superficie más grande es de 402 metros cuadrados.

Pero en Saltabarranca se aplicaron los candados legales, pues la enejaenación a particulares se sujeta a las condicioones de que los dueños construyan y habiten su vivienda en un plazo no mayor a dos años. Las construcciones no podrán ser arrendadas o dar en uso. En caso de que los particulares no cumplan con los requisitos establecidos por la ley, el ayuntamiento tendrá la capacidad de rescindir el contrato de enajenación.