jueves, diciembre 24, 2009

Las placas de taxi en Veracruz

El proverbio latino es muy claro: “lex dura lex.” En la Ley de Tránsito y Transporte Público del Estado de Veracruz, se lee: “A las personas físicas sólo se les otorgará una concesión para prestar el servicio de transporte público de pasajeros en las modalidades de taxi, exclusivo de turismo, recreativo, escolar, colectivo o rural mixto carga-pasaje; y hasta tres concesiones en las modalidades de urbano, suburbano, foráneo, carga en general y carga materialista.” Se trata del primer párrafo del artículo 126.

Puede ser un negocio redondo o bien de un patrimonio familiar. La concesión del Estado sobre las placas de taxi en la entidad veracruzana es un tema que, cuando se toca, provoca querellas. Hace unos veintiún meses, la actual LXI Legislatura tramó el debate sobre la concesión de las mismas y luego de idas y reiteraciones, se determinó que en la teoría, se trataba de un “patrimonio familiar” y sólo por una eventualidad –se supone que económica- el particular tendría el derecho de hacerlas transferibles.

Fue durante aquella sesión extraordinaria, celebrada en marzo de 2008, cuando el debate se acaloró y el entonces diputado Francisco Bonilla Portilla (quien funge como subsecretario de Gobierno, en la actualidad) propuso una reforma al artículo 127 de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado. Hasta la fecha, la reforma quedó así (se reproducen sólo el primer párrafo): “Las concesiones que se otorguen para prestar el servicio de transporte público en la modalidad de taxi, se equipararán al patrimonio familiar, y por lo mismo son inalienables, inembargables e intransferibles, salvo en caso de gran necesidad debidamente acreditada, a juicio del Secretario. Su regulación y control se regirán por las disposiciones aplicables del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.”

Aquella agilización fue propuesta por el gobernador Fidel Herrera Beltrán como respuesta a la presión que ejercían varias agrupaciones de taxistas en la entidad. Se trataba de bridar certeza jurídica a las personas tenedoras de placas, ya que la propiedad de las mismas se observó como un patrimonio que garantizaba la manutención familiar.

Si las placas podían vendidas, transferibles o cedidas, era bajo el visto bueno y responsabilidad del Secretario de Gobierno. El entonces diputado Bonilla Portilla, dijo en tribuna: “La modificación se hizo porque recibimos a taxistas y líderes de taxistas que nos pidieron que se incluyera en el dictamen esta situación porque en la vida real se les presenta estas situaciones que tienen al familiar enfermo, al hijo, al papá y que requieren de recursos para poder aliviar a ese familiar y por lo tanto, sería injusto no hacerlo.”

Pero fue el diputado convergente Alfredo Tress Jiménez quien realizó la observación: “Espero que no se trate de una disposición unilateral del Ejecutivo del Estado. Es el paso para la liberación del transporte en Veracruz y de elegir lo que más le convenga. Los monopolios hacen mucho daño y que los prestadores de servicio en la modalidad de taxi, sus placas están a salvaguarda y tengan beneficio familiar.” Lex dura lex.